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Una vez acogida la solicitud de liberación de guardias ¿Cuál es la modalidad de desempeño funcionario del médico cirujano?

Los cargos de planta, adicionales, en extinción, que se creen por el solo ministerio de la ley en los Servicios de Salud, para ser ocupados por profesionales funcionarios que, por cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 44 de la ley N°15.076, soliciten ser liberados de la obligación de prestar servicios de guardias nocturnas en días domingo y festivos, otorgarán a los beneficiados los mismos derechos que les conferían aquellos que por esta causa dejarán de desempeñar, con excepción del descanso compensatorio especial de que trata el artículo 5 de la ley N°19.230.

Los referidos cargos adicionales se remunerarán por 28 horas semanales, pero implicarán la obligación de trabajar sólo 22 horas e incompatibilizarán 11 horas semanales de la ley N°15.076.

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