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¿Se puede terminar con anticipación el cargo a contrata?

Sí, al ser cargos de naturaleza transitoria, por razones fundadas, la autoridad puede poner término anticipado, el cual debe disponerse por un acto administrativo fundado, así lo ha indicado Contraloría General de la República, en dictámenes N°s 85.700, de 2016, y 6.400, de 2018.

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