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 ¿Qué quiere decir Contraloría cuando señala que sólo se puede poner término con anticipación al cargo a contrata mediante acto fundado?

Lo que quiere decir este órgano, es que el acto debe señalar las razones de hecho y de derecho que motivan la decisión de la administración, de modo que de la sola lectura baste para determinar cuál es el raciocinio empleado por el órgano, debiendo existir además elementos objetivos acreditables por la autoridad que justifiquen la medida. No es suficiente la referencia formal de los motivos a través de la frase: “por no ser necesarios sus servicios”.

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