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¿Se convierte en cargo de planta el cargo a contrata renovado en más de una oportunidad?

    No, al contrario de lo que ocurre con los trabajadores del sector privado, no existe norma que reconozca el derecho del funcionario público de transformar su cargo a contrata a un cargo de planta, una vez realizadas un número determinado de renovaciones.

    12.- Si me encuentro con fuero maternal ¿La administración del Estado tiene la obligación de renovar mi contrata?

    Sí, por aplicación de las normas del Código del Trabajo contenidas en el artículo 201, la Administración se encuentra obligada a renovar la contrata.

    13.- Y si realizo una denuncia por irregularidades registradas en mi servicio, ¿La autoridad se encuentra obligada a renovar mi contrata?

    No, el artículo 90 A, del Estatuto Administrativo sólo impide a la autoridad realizar las medidas que en esta norma se indican, estas son, no ser sujeto a medidas disciplinarias de suspensión o destitución, no ser trasladado, no ser sujeto a precalificación, si el denunciado fuera su superior jerárquico. Pero en ningún momento obliga a la autoridad a renovar la contrata.  En dictamen N° 48.826, de 2009, Contraloría General de la República, ha señalado que la protección del Artículo 90 A del Estatuto,  no resulta aplicable cuando el término de la relación entre un funcionario y la Administración se produce, por el vencimiento de su contrata.

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