Click acá para ir directamente al contenido

¿En la práctica, qué tipo de horarios implican la realización de una jornada extraordinaria de trabajo?

En la práctica, toda jornada de trabajo ejecutada a continuación de la jornada habitual de trabajo es jornada extraordinaria de trabajo. De forma tal que serán “Horas Extraordinarias Diurnas” las desempeñadas entre las 07:00 y las 21:00 horas, y serán “Horas Extraordinarias Nocturnas”, las ejecutadas fuera de este horario.

Otras materias y preguntas frecuentes UDMP

Relación con Prestadores Institucionales

Ver más