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revista abril 2010

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 A Despenalizar la Medicina Minimizar
Médicos Presos ¡NO!

“No queremos médicos presos por ejercer su profesión”. Así de enfático es el presidente de Falmed, Dr. Pablo Rodríguez. Y si bien hasta ahora no ha habido profesionales que deban cumplir pena tras las rejas por una acusación de negligencia médica, siempre está latente esa posibilidad. E, incluso, una propuesta de reforma al Código Penal propone incrementar el castigo contra los profesionales elevando el tiempo de condena y, hasta impidiéndoles ejercer.

Ello, unido al aumento en las denuncias por negligencia médica (el año pasado, fueron acusados 332 médicos asociados a Falmed, de un total de más de 800 a nivel nacional), ha hecho que la Fundación de Asistencia Legal, apoyada por el Colegio, lidere esta relevante iniciativa de Despenalizar la Medicina. Aclara el Dr. Rodríguez que no piden “impunidad para los médicos negligentes, sino que las conductas negligentes sean sancionadas sólo en el ámbito civil (y no en el penal) y se reparen, cuando corresponda, con indemnizaciones proporcionales al daño causado”.
Dr. Pablo Rodríguez_lectura.jpgEn sintonía con esta iniciativa, se han sumado importantes opiniones que refrendan, desde un punto de vista jurídico, la necesidad de despenalizar el acto médico. Es el caso del ex presidente de la Corte Suprema, Sr. Mario Garrido Montt, quien también propicia y apoya estas reformas. “Se ha repetido hasta el cansancio por todos los hombres de derecho que si bien la legislación penal es un medio relativamente eficaz para el control social, siempre debe ser empleado como último recurso del que no debe abusarse porque pierde su fuerza disuasiva y, sobre todo, su legitimidad. Los médicos deben trabajar tranquilos, porque el paciente necesita médicos sabios, médicos que trabajen honestamente y sin apremios.”, estima el magistrado.
Asimismo, el prestigioso abogado Alfredo Etcheberry, Master en Derecho Penal, de  la Universidad de Columbia, con una vasta trayectoria en nuestro país, también ha expresado su parecer sobre la importancia de alejar del ámbito penal el trabajo médico. Para el académico, es impensable que un procedimiento médico pueda ser castigado con cárcel, puesto que la intención primera de todo médico es salvaguardar la salud del paciente y no generarle un daño.
 
Castigo Exclusivo
“El derecho penal sanciona sólo las conductas más deleznables, de las cuales la sociedad debe protegerse. Para todos los demás ilícitos existen las normas civiles que regulan las relaciones humanas”, explica el Jefe del Departamento Jurídico de Falmed, Juan Carlos Bello. Eso significa, aclara “que la norma, incluso en nuestro derecho, es que las conductas que se cometen sin intención no sean penalizadas”. En ese sentido, comenta que la negligencia en gran parte del mundo occidental se dirime sólo en término de indemnizaciones. “El Reino Unido y los Estados Unidos no sancionan penalmente las conductas médicas negligentes; su investigación, discusión, juzgamiento y fallo está radicado enteramente a determinar la responsabilidad civil, sin penas de cárcel de por medio”.
Mario Garrido Montt_lectura.jpgSin embargo, pese a ese tímido avance, nuestro Código Penal castiga expresamente en su artículo  491 al “médico, cirujano, farmacéutico, flebotomiano o matrona que causare mal a las personas por negligencia culpable en el desempeño de su profesión”. De esta manera, son los únicos profesionales penalizados en el país por practicar sus conocimientos. “Pero, ¿qué pasa con el ingeniero que diseña mal un puente como el Loncomilla o el funcionario público que recibe la obra en conformidad autoriza el uso de ese puente? Existe una situación de desigualdad de los médicos ante la ley, porque no resulta justo condenar con las mismas penas a alguien que actúa en beneficio propio, como un conductor de un vehículo que atropella a una persona, que a un médico, cuyo actuar tiene como único fin el bienestar de un tercero, como lo es paciente y no el propio.
Aunque se pueda ver en la “nueva justicia” un avance modernizador, lo cierto es que la situación podría agravarse aún más para el gremio médico, ya que la comisión que está estudiando la reforma al Código Penal ha propuesto al Ministerio de Justicia crear el artículo 89, que sanciona los actos médicos con penas mucho más graves e incluso impide seguir ejerciendo. El proyecto, expresa Juan Carlos Bello, “aumenta la pena máxima a que puede ser condenado un facultativo por un homicidio culposo, llevando la sanción hasta 5 años de presidio. Ello es relevante, por cuanto de ser condenado el médico podría cumplir efectivamente una parte de la condena en prisión, dado que el tiempo de la pena la convierte en pena aflictiva”.
Despenalizar la medicina es parte de las medidas que debieran implementarse para fortalecer la profesión. Las otras, expresa el Dr. Pablo Rodríguez, se refieren a certificar especialistas y prestadores públicos y privados, acreditar escuelas de medicina e implementar el Examen Médico Nacional para asegurar la calidad de la formación, del ejercicio profesional y de los centros que entregan salud. Asimismo, indica que la creación de Unidades de Auditoría y Gestión de Riesgo Médico-Legal en todos los hospitales del país, permitiría gestionar localmente la prevención y acoger a los pacientes y sus familias mejorando la comunicación con éstos. A lo anterior, agrega, se debiera sumar una mejoría en el sistema de mediación y algunas acciones preventivas de los profesionales, sobre las cuales Falmed ha insistido reiteradamente. Entre ellas: actuar dentro de la lex artis, mantener una buena relación médico- paciente, hacer un buen uso de la ficha clínica y utilizar el consentimiento informado. Unido a ello, está el fortalecimiento de los tribunales de ética, para que sean estos entes gremiales  autónomos los que delimiten responsabilidades: “La tuición ética otorga a la sociedad una garantía de que la profesión se ejerce en un marco ético”, concluye el Dr. Rodríguez.

La Reforma Propuesta
      

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